Perros guía y de terapia en las emergencias.


Siguiendo con el tema planteado en la anterior entrada del blog, «Emergencias con animales» , vamos a tratar el asunto de cómo actuar cuando en la intervención de emergencias nos encontramos con un paciente acompañado de un perro guía o de terapia. Estos animales tienen una particularidad respecto a cualquier otro, y es que está regulado su acceso a servicios públicos, incluyendo centros sanitarios.

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Fuente: http://perrosguia.once.es/home.cfm?id=2&nivel=1

En primer lugar, hay que dejar claro que las normas que citaremos a continuación consagran los derechos de las personas con deficiencia visual, no de los animales, y considera a los perros guías como auxiliares de estas personas, y como tales, no deben ser separados.

Perros guía.

Pongámonos en el escenario de ir a atender a una persona con deficiencia visual que va acompañada de un perro guía. Si el perro no necesita asistencia, deberá ser trasladado junto con la víctima. El artículo 1.1 del Real Decreto 3250/1983, de 7 de diciembre, por el que se regula el uso de perros-guía para deficientes visuales dicta la actuación ante este extremo:

1. Los deficientes visuales acompañados de perros-guía tendrán acceso a los lugares, alojamiento, establecimientos, locales y transportes públicos en la forma que se determina en los artículos siguientes. Entre los establecimientos de referencia se incluyen los centros hospitalarios, públicos y privados, así como aquellos que sean de asistencia ambulatoria.”

La única excepción sería cuando el animal presente signos de enfermedad, agresividad, falta de aseo o, en general, presumible riesgo para las personas (artículo 4.1). Algo extremadamente raro en este tipo de perros, ya que la ONCE u otras organizaciones, se encargan de que los cuidados a los perros guía sean los adecuados.

Aquí suele suscitarse un debate sobre si el perro ha de ir delante o detrás en la ambulancia. No está regulado pero vamos a usar el sentido común:

– Primero debemos atender al paciente, el perro nos dejará hacerlo sin problema, y que vea que lo subimos a la ambulancia. NUNCA TOQUE EL ARNÉS DEL PERRO, si ha de moverlo hágalo por la correa. El arnés es el modo en el que el dueño se comunica con el animal mientras trabaja, es un perro de trabajo, y el único que debe tocarlo es su dueño.

– Una vez que el paciente está en la unidad, mi consejo es que el perro suba a la cabina asistencial también, se le puede tumbar junto a la bancada, a los pies del paciente, o incluso bajo la misma, en el espacio que queda entre los pies del paciente y las puertas de atrás. En caso de preferir llevarlo delante, se puede subir en el lado del copiloto, en el suelo, y atar la correa a la puerta del mismo lado, para evitar que pueda alcanzar al conductor si se mueve, aunque normalmente se tumban y no se mueven. Pero insisto en que es mejor que esté junto a su dueño. La limpieza y desinfección posterior del habitáculo no difiere en gran cosa de la posterior a cualquier servicio, incluso podemos ponerle una sábana en el suelo para que se tumbe sobre ella.

Imagen cedida por @112_tes y @patribassa para este artículo.
Imagen cedida por @112_tes y @patribassa para este artículo.

– Al llegar al centro sanitario de destino, se baja al animal (siempre por el collar, no por el arnés), y se le llevará junto al paciente (pueden entrar en hospitales, sólo está prohibido en zonas como UVI o quirófanos).

En 2009 la Dirección General de Tráfico publicó la Instrucción 09/ S -110 que permite llevar perros guía en los vehículos en contacto con su dueño, sin necesidad de usar transportín, llevarlos en el maletero, o sujetos como los demás perros. El único requisito es que no pueda molestar al conductor, de modo que nada impide que se le transporte en la ambulancia.

En esta web explican cómo se debe relacionar uno con los perros guía mientras trabajan, que se resumen en HAGA COMO QUE EL PERRO NO ESTÁ ALLÍ.

La práctica totalidad de las Comunidades Autónomas de España han dictado normas sobre perros guía, de modo que cada cual puede consultar la que le atañe, pero creo que queda claro que a priori no hay motivos para negarse a trasladar al perro con su dueño en caso de que sea necesario. Desde luego no podemos dejarlo abandonado en el lugar del accidente, son parte de la persona.

Por último, recuerden que los perros guía están fuera de la normativa que regula a los perros potencialmente peligrosos de acuerdo al Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Perros de terapia:

Este tipo de perros son menos conocidos en nuestro país, aunque cada vez se hacen más visibles gracias a campañas en medios de comunicación y la labor de entidades como el CTAC y el Hospital Sant Joan de Deu de Barcelona.

Primero conviene entender qué es un perro de terapia. No es un perro sociable. O no sólo eso. A menudo escucho a personas decir lo bueno que es su perro, y que por eso vale para terapia. Puede que sí, o puede que no. Igual que un perro guía, un perro de terapia tiene un gran entrenamiento detrás.

Un perro de terapia tiene que haber recibido un correcto entrenamiento básico de obediencia, ser sociable y obediente, soportar estoicamente el contacto humano (niños, ancianos, discapacitados…), no reaccionar agresivamente nunca ante cualquier estresor (ruidos, gritos, pisotones o golpes accidentales), y además tener un adiestramiento específico para los ejercicios que tienen que llevar a cabo con los receptores de la terapia (RT). La Terapia Asistida por Animales debe ser programada con el terapeuta del RT, y se deben hacer ejercicios específicos para ayudar a mejorar el área que se quiera trabajar (psicomotricidad u otras). Además están las acciones puntuales, como visitas a niños ingresados en un hospital, o similares, que de por si son muy positivas siempre. La única contraindicación es que el RT tenga fobia a los perros.

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Chui, perro de terapia en Cruz Roja. Foto propia.

Se engloban por tanto como perros de asistencia, que incluyen los que acompañan a personas con enfermedades con signos que son detectados precozmente por los perros (hipoglucemias en los diabéticos o convulsiones en los epilépticos, por ejemplo), los que acompañan a las personas con deficiencias auditivas, etc. Aunque sólo algunas Comunidades han regulado normas sobre dónde pueden y no pueden estar, pero ante la duda deberíamos actuar como si de perros guía se tratara, que es como se debe hacer en los lugares donde hay normas al respecto.

Hay que entender que los perros de asistencia, especialmente los de terapia, cumplen todos los requisitos higiénico-sanitarios, los de terapia en concreto deben haber sido bañados o “limpiados a fondo” en las 24 horas anteriores a su intervención. Se les permite el acceso a hospitales y centros sanitarios, por lo que no hay motivo para denegar su acceso a una ambulancia o sala de urgencias.

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Chui, perro de terapia en Cruz Roja. Foto propia.

La próxima semana cerraré la serie sobre animales y emergencias, al menos de momento, con una entrada sobre Mascotas en los Planes Territoriales de Emergencias”.

Fuentes:

Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.

Intervenciones asistidas con animales: ¿un vacío legal?

Normas sobre perros guía.

Normas sobre perros de asistencia (incluye perros de terapia).

8 Comentarios Agrega el tuyo

  1. Por supuesto no hay que olvidar la labor que puede hacer un perro de terapia en una catástrofe, transmitiendo calma y sosiego a las víctimas en los albergues, distrayendo a los niños y, por qué no, a los mayores, para hacerles pasar mejor el mal trago de tener que abandonar sus hogares. De eso hablaré la semana que viene.

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  2. M.Mercè dice:

    Hola!
    Desconocia que a un perro guia no se le puede coger por el arnés. Seguramente,al tener perros y llevarlos con arnés, hubiera sido el primer sitio por donde lo habria cogido, aunque (si el estado del paciente lo permitiera) preferiria que fuera él el que le diera las ordenes y lo cogiera (y eso lo he aprendido de los perros adiestrados de mi hermano que segun que no puedo y/o no debo decir). Es verdad que estos perros estan entrenados para trabajar y estan permitidos en centros hospitalarios aunque se nos hace extraño.
    Me ha encantado el enlace a la web de «Como tratar a un perro guía», lastima que poca gente lo desconoce.

    Mercè

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  3. mariadelas dice:

    Me encanta esta idea, apoyo 100%!

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  4. Eva dice:

    Muy buen articulo y muy interesante!

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    1. Gracias por tu comentario Eva, saludos.

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